El Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) emitió la resolución número 006-2025, en la que ordena a las empresas Interamerica Broadcasting & Production Company S.A. y Trendy, S.A., que operan los canales 7 VHF y 21 UHF, ajustar sus operaciones en un plazo de 30 días para cumplir con lo establecido en la Ley 153-98.
Esta ley requiere que las empresas concesionarias del servicio público de difusión sonora y televisiva en el país tengan un control mayoritario de acciones en manos de dominicanos.
Al mismo tiempo, el Indotel declaró como "bueno y válido, en cuanto a la forma" la denuncia que hizo la Alianza Dominicana contra la Corrupción (Adocco), en la que dicha entidad solicitó a la Dirección Ejecutiva del órgano regulador, que inicie, de oficio, "el procedimiento de revocación de la concesión para la prestación del servicio de radiodifusión televisiva a las empresas Interamerica Broadcasting&Production Company, S.A. y Trendy, S.A.S. (canales 7 VHF y 21 UHF).
La resolución rechazó, en cuanto al fondo, la demanda de Adocco para que la directiva ejecutiva del Indotel dé inicio, de oficio, al procedimiento de revocación de la concesión otorgada a las referidas empresas para la prestación del servicio de difusión de televisión en el territorio nacional.
La información fue ofrecida por el Indotel en una nota de prensa. La medida está contenida en la resolución que firman:
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